El incremento de los intercambios comerciales ha conllevado un aumento de los desplazamientos de las personas y una mayor generación de documentos y contenidos en diferentes idiomas. Hay casos en los que es fácil determinar si necesitamos una traducción simple o una traducción jurada, pero en otros casos puede ser más complicado saberlo. Vamos a intentar aclarar las diferencias entre estos dos tipos de traducción y explicar en qué ámbito y situación podemos necesitarlas.

¿Qué necesito: una traducción simple o una traducción jurada?

Definimos como traducción simple toda aquella que no es jurada. Es la traducción de cualquier tipo de documento, efectuada por un o una profesional. Aunque cualquier persona puede traducir un documento, nosotras siempre recomendamos confiar los contenidos a lingüistas profesionales, que traduzcan a su idioma materno y dominen su ámbito de especialización.

Traducción simple

Pueden ser objeto de una traducción simple documentos de personas físicas o jurídicas, del ámbito privado, empresarial o público: textos comerciales, textos jurídicos, textos técnicos, textos académicos, textos artísticos… Un sitio web, el catálogo de productos o servicios de una empresa, un contrato, un acuerdo comercial, una campaña de marketing, una tesis doctoral, los carteles de una exposición, novelas, películas, por poner algunos ejemplos.

Traducción jurada

Una traducción jurada siempre la llevará a cabo un traductor o traductora jurada, debidamente habilitada por el organismo público correspondiente. En España, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación es competente para la concesión del título de Traductor Jurado para todas aquellas comunidades autónomas donde no hay lenguas cooficiales. En el caso de Cataluña, la Direcció de Política Lingüística de la Generalitat es la encargada de habilitar a los traductores jurados para el idioma catalán; para el gallego es la Secretaría Xeral de Política Lingüística de la Xunta de Galicia y para el euskera la Viceconsejería de Política Lingüística el Gobierno del País Vasco.

Las traducciones simples suelen entregarse en formato electrónico. Antes siempre debíamos entregar las traducciones juradas impresas, pero desde la aceptación de la firma electrónica, podemos enviarlas también en formato digital. Eso sí, deben ir acompañadas de la correspondiente certificación de la traductora o traductor jurado e incluir su firma y sello en cada página para ser válidas.

¿Qué documentos pueden ser objeto de una traducción jurada?

Tanto documentos del ámbito público como privado pueden requerir una traducción jurada.

A nivel personal, especialmente en el caso de personas extranjeras o expatriadas, tanto la empresa como las administraciones públicas pueden solicitar traducciones juradas de diferentes documentos, del ámbito civil, social y educativo principalmente. Partidas de nacimiento, de matrimonio, certificado de empadronamiento; sentencias judiciales; contrato de arrendamiento o escritura de compraventa; contrato de trabajo; expedientes académicos y diplomas, son algunos de los documentos a los que nos enfrentamos a diario en Traductam.

A nivel empresarial, pueden ser objeto de traducción jurada documentos del ámbito jurídico y financiero (escrituras notariales, contratos y acuerdos comerciales, sentencias judiciales), del ámbito administrativo (certificados e inscripciones de todo tipo de registros) y del ámbito técnico (memorias, informes técnicos, pliegues para concursos públicos internacionales), por poner algunos ejemplos.

En el caso de los concursos públicos, los acuerdos comerciales y la creación o compraventa de empresas extranjeras, es muy importante informarse bien ante los organismos y las administraciones correspondientes acerca de la documentación a presentar y cuál requiere una traducción jurada.

¿Las traducciones juradas y las simples tienen el mismo coste?

Las traducciones juradas, debido a su carácter oficial, tiene un coste más elevado que las traducciones simples, y no siempre son necesarias. Por ejemplo, en la negociación de un acuerdo comercial, cada parte hará enmiendas al borrador del contrato. Es preferible (y menos costoso) realizar la traducción simple del borrador y las posteriores enmiendas y, una vez cerrado el acuerdo, realizar la traducción jurada de la versión definitiva. En otros casos, aunque sí es necesario presentar una traducción jurada, puede que con un fragmento sea suficiente.

Existen un sinfín de particularidades para cada caso. Ante la duda, lo mejor es informarse bien ante el organismo público o la empresa que solicita la documentación y dejarse asesorar por profesionales.Si tienes dudas, especialmente en materia de traducción jurada, estaremos encantadas de asesorarte; llevamos más de 20 años ofreciendo este servicio a nuestra clientela.

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